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PRÓRROGA DE LA VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS
PRÓRROGA DE LA VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS
Publicado el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Concretamente en sus artículos 20 y 21 se establece la prórroga de la validez de los certificados:
Artículo 20. Prórroga de la validez de los certificados expedidos en el ámbito de la metrología.
Los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado a fabricantes con establecimiento en municipios previstos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, o relativos a instrumentos instalados en dichas zonas, cuyo periodo de vigencia finalice entre el 28 de octubre de 2024 y el 30 de abril de 2025, quedarán automáticamente prorrogados hasta el 1 de noviembre de 2025.
Artículo 21. Prórroga de la validez de los certificados expedidos en el ámbito de la seguridad industrial.
Los certificados expedidos con base en los mantenimientos o inspecciones periódicas de la reglamentación de seguridad industrial, en instalaciones ubicadas en municipios previstos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, cuyo periodo de vigencia finalice entre el 28 de octubre de 2024 y el 30 de abril de 2025, quedarán automáticamente prorrogados hasta el 1 de noviembre de 2025.